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Datos proporcionados por la Organización Internacional del Trabajo, afirman que alrededor del 4% del Producto Interno Bruto global se pierde por temas relacionados con el estrés y depresión en los centros de trabajo. Debido a una baja productividad y ausentismo de los trabajadores. Por ello, la Secretaría del Trabajo emitió en octubre de 2019 la Norma Oficial Mexicana 035 (NOM 035), la cual tiene como objetivo determinar las condiciones mínimas de seguridad, salud y ambiente laboral, a efecto de identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno favorable en los centros de trabajo.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, un entorno organizacional favorable implica que los trabajadores tengan un sentido de pertenencia a la organización, mantengan relaciones de trabajo cordiales, jornadas laborales regulares, distribución adecuada de las cargas laborales, así como la participación proactiva de los colaboradores. De igual manera, se refiere a los factores de riesgo psicosocial como aquellos que impliquen trastornos de ansiedad, cambios en el ciclo de sueño, estrés grave o cualquier factor que ponga en riesgo la integridad física o mental de los empleados.

Esta NOM se aplica a todos los centros de trabajo en todo el territorio nacional, en tres niveles, conforme al número de trabajadores:

  • Centros de trabajo con menos de 15 colaboradores
  • Centros de trabajo de 16 a 50 colaboradores
  • Centros de trabajo de más de 50 colaboradores

Cada uno de los niveles tiene obligaciones específicas que van desde implementar y difundir políticas de prevención, hasta la aplicación de exámenes médicos y psicológicos a todos los colaboradores; así como realizar evaluaciones periódicas del clima laboral para poner en marcha acciones de mejora y cumplimiento de la NOM 035.

Por su parte, los trabajadores tienen las siguientes obligaciones:

  • Observar las políticas de prevención y atención de riesgos psicosociales 
  • Favorecer relaciones laborales productivas y amables
  • Comunicar y participar de forma proactiva en las actividades de la empresa
  • Someterse a los exámenes médicos y psicológicos que requiera la organización
  • Contestar las evaluaciones que el departamento de recursos humanos envie

En caso de no cumplir con lo establecido en la NOM 035 publicada en el Diario Oficial de la Federación, el empresario deberá pagar una multa que va de $26 mil a $350 mil pesos. “De tal manera que, los empresarios tienen el deber de hacer cumplir las políticas necesarias para que los centros de trabajo sean un espacio que favorezca un buen clima laboral” afirma Irasema González, Presidente de la ASCEND.

Consultores de ASCEND (Asociación Nacional de Bienestar y Desarrollo Organizacional A.C.) son los encargados de guiar a los empleadores sobre cómo cumplir con los requisitos que solicita la Secretaría del Trabajo respecto a la NOM 035; así también con la plataforma digital IHR los empresarios podrán tener acceso a las guías y las evaluaciones referentes al clima laboral para conocer el estatus de la organización e implementar las acciones necesarias.

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