5555757100 y 5584348111 contacto@ascend.org.mx
En continuidad a las preocupaciones y preguntas más recurrentes de los asistentes a nuestras conferencias, cursos y talleres, a continuación hacemos extensivas algunas de las respuestas, que hemos brindado en el seno de dichos espacios de capacitación:

Pregunta 1
¿Existe un Plan o Programa de Trabajo único para su cumplimiento?
Por supuesto que derivado del análisis, así como de la propia lógica que nos plantea la NOM 035, resulta absolutamente válido sustentar que existe una Ruta Lógica para su más rápida y mejor instrumentación (cumplimiento).

En nuestra experiencia, lo más relevante es en primer término realizar una evaluación del conjunto de procesos organizacionales que la Norma exige vs los procesos con los que cuenta nuestra organización en la materia.
Es precisamente con base en ello, que podremos determinar con precisión las tareas por llevar a cabo, así como aquellas que nos faltan. Resultado de dicho ejercicio comparativo real, es que obtendremos nuestra propia Ruta Lógica y en consecuencia, generaremos con fechas, tiempos y responsables un Plan de Trabajo acorde a nuestras específicas necesidades.

Pregunta 2
¿Es cierto que debemos aplicar exámenes médicos y psicológicos a todo nuestro personal?
Falso. Lo que SI debemos hacer durante 2019, es la aplicación de la Guía I a todo nuestro personal (Cuestionario: Trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos Traumáticos Severos).
Como consecuencia de su aplicación, estaremos en posibilidad de identificar a los trabajadores que se ubican en dicho supuesto. Es precisamente a esos trabajadores que deberemos registrar, aplicar o enviar las valoraciones médicas y/o psicológicas que resulten pertinentes y dar seguimiento a los mismos.

Pregunta 3
¿El área de Recursos Humanos es la responsable para dar debido cumplimiento de la NOM 035?
Por tratarse de una Norma de aplicación transversal a la organización, a la vez que implica la creación o fortalecimiento de una nueva cultura laboral, serán la Dirección General y la alta dirección en su conjunto, las responsables de su debido cumplimiento.

Si bien el área de Recursos Humanos asume buena parte de la responsabilidad de su administración/coordinación, lo indicado es constituir un Comité que esté integrado por representantes de las diferentes áreas de la organización para su evaluación y seguimiento.

Pregunta 4
¿Si en mi organización es práctica regular aplicar una Encuesta de Clima Laboral, ya no requeriremos aplicar las Guías I, II y III?
Falso. La aplicación de las Guías es de carácter obligatorio. En independencia de que la Organización aplique algún tipo de Encuesta de Clima Laboral, será necesario la aplicación de las Guías I y según corresponda la Guía II ó III.
Igual caso para las empresas certificadas en ISO o que hayan sido calificadas como excelentes en mediciones tales como Great place to work, etc., lo anterior debido a que la NOM 035, se enfoca específicamente a la medición de los Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo.
Eventualmente, si nuestra organización tiene incorporadas dichas prácticas y metodologías en su cultura laboral, seguramente favorecerá el que los procesos administrativos observen un mayor desarrollo y en consecuencia debiera facilitarse el cumplimiento de la NOM 035.

Pregunta 5
Para el caso de Corporativos o Holdings, ¿Con el hecho de que el corporativo cumpla con la NOM 035, el resto de empresas que lo integran, la cumplirán?
Falso. Por un lado, el corporativo, como razón social y centro de trabajo en sí mismo, deberá cumplir con la Norma en lo que le resulte aplicable. Por el otro, el resto de empresas que lo conforman, toda vez que son en sí mismas razones sociales independientes y cuentan con su propio registro patronal e IMSS, deberán instrumentar lo conducente en atención a sus propias características y así cumplir a cabalidad con la NOM.

Lic. Ernesto Morán Roel
Asociación Nacional de Bienestar y Desarrollo Organizacional, A.C. (ASCEND)

En continuidad a las preocupaciones y preguntas más recurrentes de los asistentes a nuestras conferencias, cursos y talleres, a continuación hacemos extensivas algunas de las respuestas, que hemos brindado en el seno de dichos espacios de capacitación:

Pregunta 1
¿Existe un Plan o Programa de Trabajo único para su cumplimiento?
Por supuesto que derivado del análisis, así como de la propia lógica que nos plantea la NOM 035, resulta absolutamente válido sustentar que existe una Ruta Lógica para su más rápida y mejor instrumentación (cumplimiento).

En nuestra experiencia, lo más relevante es en primer término realizar una evaluación del conjunto de procesos organizacionales que la Norma exige vs los procesos con los que cuenta nuestra organización en la materia.
Es precisamente con base en ello, que podremos determinar con precisión las tareas por llevar a cabo, así como aquellas que nos faltan. Resultado de dicho ejercicio comparativo real, es que obtendremos nuestra propia Ruta Lógica y en consecuencia, generaremos con fechas, tiempos y responsables un Plan de Trabajo acorde a nuestras específicas necesidades.

Pregunta 2
¿Es cierto que debemos aplicar exámenes médicos y psicológicos a todo nuestro personal?
Falso. Lo que SI debemos hacer durante 2019, es la aplicación de la Guía I a todo nuestro personal (Cuestionario: Trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos Traumáticos Severos).
Como consecuencia de su aplicación, estaremos en posibilidad de identificar a los trabajadores que se ubican en dicho supuesto. Es precisamente a esos trabajadores que deberemos registrar, aplicar o enviar las valoraciones médicas y/o psicológicas que resulten pertinentes y dar seguimiento a los mismos.

Pregunta 3
¿El área de Recursos Humanos es la responsable para dar debido cumplimiento de la NOM 035?
Por tratarse de una Norma de aplicación transversal a la organización, a la vez que implica la creación o fortalecimiento de una nueva cultura laboral, serán la Dirección General y la alta dirección en su conjunto, las responsables de su debido cumplimiento.

Si bien el área de Recursos Humanos asume buena parte de la responsabilidad de su administración/coordinación, lo indicado es constituir un Comité que esté integrado por representantes de las diferentes áreas de la organización para su evaluación y seguimiento.

Pregunta 4
¿Si en mi organización es práctica regular aplicar una Encuesta de Clima Laboral, ya no requeriremos aplicar las Guías I, II y III?
Falso. La aplicación de las Guías es de carácter obligatorio. En independencia de que la Organización aplique algún tipo de Encuesta de Clima Laboral, será necesario la aplicación de las Guías I y según corresponda la Guía II ó III.
Igual caso para las empresas certificadas en ISO o que hayan sido calificadas como excelentes en mediciones tales como Great place to work, etc., lo anterior debido a que la NOM 035, se enfoca específicamente a la medición de los Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo.
Eventualmente, si nuestra organización tiene incorporadas dichas prácticas y metodologías en su cultura laboral, seguramente favorecerá el que los procesos administrativos observen un mayor desarrollo y en consecuencia debiera facilitarse el cumplimiento de la NOM 035.

Pregunta 5
Para el caso de Corporativos o Holdings, ¿Con el hecho de que el corporativo cumpla con la NOM 035, el resto de empresas que lo integran, la cumplirán?
Falso. Por un lado, el corporativo, como razón social y centro de trabajo en sí mismo, deberá cumplir con la Norma en lo que le resulte aplicable. Por el otro, el resto de empresas que lo conforman, toda vez que son en sí mismas razones sociales independientes y cuentan con su propio registro patronal e IMSS, deberán instrumentar lo conducente en atención a sus propias características y así cumplir a cabalidad con la NOM.

Lic. Ernesto Morán Roel
Asociación Nacional de Bienestar y Desarrollo Organizacional, A.C. (ASCEND)

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